REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 10 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000085
ASUNTO : EP01-P-2004-000085


JUEZ: Josefina Lobsoco Rondón
FISCAL: Merys Martínez
DEFENSA: Gustavo Rodríguez
ACUSADO (S): Jhonatan Javier Berajano y Eduar Hiesid Lozada Rueda.
VÍCTIMA (S): Nestor Arley Escobar Vargas
SECRETARIA: Varyná Mendoza
DELITO (S): Robo Agravado

En Barinas en el día de hoy Jueves 10 de marzo del año 2005 siendo las 3:30 p.m, fecha fijada para que tenga lugar el Juicio Oral y Público en la causa seguida a los acusados Jhonatan Javier Berajano, venezolano, portador del numero de identidad 16.793.267, de 20 años de edad, nacido el 19/10/83, ayudante de albañilería, hijo de Ana Luisa Toro Altuve (V) y de José Leocadio Bejarano Mena, residenciado en el Barrio Brisas del Río, calle 3, poste 190, Barinas y Eduar Hiesid Lozada Rueda, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16793195, 18/07/85, natural de Acarigua Estado Portuguesa, de 18 años de edad, de profesión indefinida, hijo de Gloria María Rueda (V) y de Eduardo Alfonso Lozada (V), residenciado Barrio Brisas del Río, calle 2, frente a la cancha deportiva, Casa S/N, Barinas, por la comisión del delito de Robo Agravado, establecido en el art 460 del Código Penal en perjuicio del ciudadano Nestor Arley Escobar Vargas. Se constituyo el Tribunal de primera Instancia en Función de Juicio Mixto, integrado por la juez presidente Abg. Josefina Lobosco Rondon, los escabinos titular N ° 1, Libia Crisbel Peña de Delgado, tiltular N ° 2, Valecillo Marquez Carlos Alberto y la suplente Marquez Vilegma Victoria, titulares de las cédulas de identidad Nros V.-8.142.403, V.-11.189.133 y V.-14.341.886, respectivamente, la secretaria de sala Abg. Varyná Mendoza y los alguaciles Miguel Fernández y José Girón en la sala de juicio N ° 2, de este Circuito Judicial Penal, seguidamente se verifico la presencia de las partes constatándose a la fiscal del Ministerio Público Abg. Merys Martinez, el defensor público Abg. Gustavo Rodriguez la víctima Nestor Arley Escobar Vargas, los acusados Jhonatan Javier Berajano y Eduar Hiesid Lozada Rueda, y las personas necesarias para celebrar el presente acto, quienes se encuentran en salas adyacentes en forma separada. Una vez verificada la presencia de las partes necesarias la Juez Presidente apertura el acto, procede a informar a todos los presentes sobre el motivo, naturaleza y alcance del debate oral y público, así como sobre las formalidades del Juicio Oral y el comportamiento que deben mantener el acusado, los intervinientes y el público presente. De inmediato hace un recuento de todo lo ocurrido en el desarrollo del presente juicio iniciado en fecha 04 de Marzo del 2005. Acto seguido la Juez ordena continuar con la recepción de las pruebas de conformidad con lo establecido en los artículos 353, 354 y 355 del Código Orgánico Procesal Penal. Acto Seguido es llamado a la sala a los fines de efectuar la recepción del testimonio Jean Carlos Ochoa, quien es juramentado de acuerdo a las formalidades de Ley, se identifica como Funcionario de la Policía de este Estado, desempeñando el cargo de Agente de seguridad Pública, venezolano, de 28 años, titular de la cédula de identidad N° V.-13.063.016 agente de seguridad natural de Barinas, y procede a narrar el conocimiento que tiene de los hechos con relación a su actuación en el proceso. Acto seguido fue interrogado por el Fiscal del Ministerio Público, al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Acto seguido fue interrogado por la Defensa pública Abg. Gustavo Rodríguez, al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. La Juez Presidente interrogó al funcionario el mismo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Los escabinos no realizaron preguntas. Seguido se hace trasladar a la sala y se efectúa la recepción del testimonio del funcionario Willian Daniel Villamizar quien es juramentado de acuerdo a las formalidades de Ley, se identifica con Cédula de Identidad N° V.-13.063.447, de 28 años de edad, quien ejerce el cargo de Agente, adscrito a la Comandancia General de la Policía del Estado Barinas, y procede a narrar el conocimiento que tiene de los hechos con relación a su actuación en el proceso. Acto seguido fue interrogado por el Fiscal del Ministerio Público, al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Acto seguido fue interrogado por la Defensa pública Abg. Gustavo Rodríguez, al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Se deja constancia de la pregunta realizada por la defensa ¿hubo alguna persecusión a las personas que uds detuvieron? R: "no hubo ninguna persecusión, por parte de nosotros". La Juez Presidente interrogó al funcionario el mismo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Los escabinos no realizaron preguntas. Seguido se hace trasladar a la sala y se efectúa la recepción del testimonio del funcionario José Rafael Angulo Colmenares, quien es juramentado de acuerdo a las formalidades de Ley, se identifica con Cédula de Identidad N° V.-6.214.270, mayor de edad, quien desempeña el cargo de Agente, adscrito a la Comandancia General de la Policía del Estado Barinas, y procede a narrar el conocimiento que tiene de los hechos con relación a su actuación en el proceso. Acto seguido fue interrogado por el Fiscal del Ministerio Público, al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Acto seguido fue interrogado por la Defensa pública Abg. Gustavo Rodríguez, al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. se deja constancia de la pregunta realizada por la defensa ¿donde se encontraban los ciudadanos aprehendidos? R: "cerca de la escuela". ¿con qué dijo el señor que lo habian atracado? R: "con un revolver" ¿encontraron uds algún revolver? R: no. La Juez Presidente interrogó al funcionario el mismo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Los escabinos no realizaron preguntas. Seguido se hace trasladar a la sala y se efectúa la recepción del testimonio del Experto Yehudin Alexis Castro, quien se identifica como venezolano, mayor de edad, natural de Barinas, titular de la cédula de identidad N° V.-12.817.696, quien es juramentado de acuerdo a las formalidades de Ley. se deja constancia que dicho informe no se encuentra consignado en autos lo que imposibilita el testimonio del experto. se hace trasladar a la sala y se efectúa la recepción del testimonio del Experto Luis Ramón Torrealba Gómez, quien se identifica como venezolano, mayor de edad, natural de Barinas, titular de la cédula de identidad N° V-9.992.271 adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, quien es juramentado de acuerdo a las formalidades de Ley y de inmediato procede a narrar el conocimiento que tiene de los hechos con relación a su actuación en el proceso, se deja constancia que al exhibírsele el contenido y firma de la experticia, manifestó reconocer su contenido y firma. Seguido fue interrogado por la Fiscal del Ministerio Público al efecto el funcionario fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Acto seguido fue interrogado por la Defensa Pública Abg. Gustavo Rodríguez, al efecto el Experto fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Se deja constancia que la juez presidente no realizó preguntas. Acto seguido se procede a la recepción de pruebas por parte de la defensa. Se hace trasladar a la sala y se efectúa la recepción del testimonio Ana Lucila Rivas, quien es juramentada de acuerdo a las formalidades de Ley, venezolana, mayor de edad, titular dela cédula de identidad N° V.-3.133.789 y procede a narrar el conocimiento que tiene de los hechos con relación a su actuación en el proceso. Acto seguido fue interrogada por la Defensa Pública Abg. Gustavo Rodríguez, al efecto la testigo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Acto seguido fue interrogada por la fiscal del ministerio público al efecto la testigo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. La Juez Presidente interrogó a la testigo la misma fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Los escabinos no realizaron preguntas. Se hace trasladar a la sala y se efectúa la recepción del testimonio Lucila del Carmen Uzcategui Rodriguez, quien es juramentada de acuerdo a las formalidades de Ley, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-10.559.093 y procede a narrar el conocimiento que tiene de los hechos con relación a su actuación en el proceso. Acto seguido fue interrogada por la Defensa Pública Abg. Gustavo Rodríguez, al efecto la testigo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Acto seguido fue interrogada por la fiscal del ministerio público al efecto la testigo fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. La Juez Presidente interrogó a la testigo la misma fue respondiendo cada una de las preguntas realizadas. Los escabinos no realizaron preguntas. Acto seguido el tribunal infoma a las partes que el presente juicio va a ser suspendido hasta mañana VIERNES 11 DE MARZO DE 2005 A LA 1:00 DE LA TARDE. Quedan las partes notificadas de la presente decisión. Es todo. se leyó y firman siendo las 5:25 de la tarde.-----------------------------------------------------

La Juez de Juicio N ° 2



Abog. Josefina Lobosco Rondon


Los Escabinos

Libia Crisbel Peña de Delgado

Valecillo Marquez Carlos Alberto

Marquez Vilegma Victoria,



La Fiscal


Abg. Merys Martinez



La Defensa

Abg. Gustavo Rodriguez

La Víctima

Nestor Arley Escobar Vargas

Los Imputados

Jhonatan Javier Berajano Eduar Hiesid Lozada Rueda
La Secretaria de Sala

Abg. Varyná Mendoza