REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 29 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000910
ASUNTO : EP01-P-2004-000910
AUDIENCIA JUICIO ORAL Y PUBLICO
Nueva Oportunidad.
JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Paul Thomas
IMPUTADO: JOHNNIS DE JESUS ARAUJO LUCENA
DEFENSOR: Abg. Betulia Rivero
DELITO: Violencia Física
VICTIMA: Arisol del Rosario Fernández
SECRETARIA: Abg. Deicy Cáceres Navas
En el día de hoy Martes 29 de Marzo de 2.005 siendo el día y hora fijado para realizar la Audiencia de Juicio Oral y Público en la causa penal seguida en contra del imputado JOHNNIS DE JESUS ARAUJO LUCENA venezolano, de 45 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.066.308 (NO LA PORTA), de profesión u oficio Obrero en la Misión Sucre, natural de Sabaneta, Estado Barinas, nacido el día 05/02/1959, de estado civil soltero, quien es hijo Carmen Pastora Lucena (v) y Manuel Ángel Araujo (f), residenciado en el Barrio Antonio José de Sucre Sabaneta, Calle 01, Avenida N° 2, casa n° 87-93 Sabaneta Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley contra la Violencia sobre la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana Arisolis del Rosario Fernández Fernández. Se constituyó el Tribunal Unipersonal de Juicio N° 03 en la Sala de Audiencias N° 03 de este Circuito Judicial Penal, integrado por el Juez Abg. Perpetuo Reverol Briceño y la Secretaria Abg. Deicy Cáceres Navas y el Alguacil Pedro Luis López Seguidamente el Juez ordena a la Secretaria verificar la presencia de las partes, constatándose el Fiscal del Ministerio Público Abg. Paul Thomas Vielma, la Abg. Betulia Rivero en su condición de defensor público del imputado de autos, el ciudadano imputado JOHNNIS DE JESUS ARAUJO LUCENA no se hizo presente, comparece en su condición de víctima la ciudadana Arisolis del Rosario Fernández Fernández. En éste orden por no encontrarse presentes TODAS las partes necesarias el tribunal Acuerda FIJAR nueva oportunidad para realizar el presente juicio correspondiendo para el día VIERNES 06 DE MAYO DE 2.005 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. Por cuanto el imputado no se ha hecho presente a petición del Ministerio Público el Tribunal Acuerda hacerlo conducir a través de la Fuerza Pública a tal efecto se ordena librarle Oficio a la Comandancia de la Zona Policial N° 06 de la población de Sabaneta, a tal efecto se ordena oficiarles a los fines de solicitarles su colaboración para que se sirvan conducir a dicho imputado en la fecha acordada, sin que ello implique su privación de libertad; Dicho Oficio deberá remitirse al ciudadano Fiscal sexto quien se compromete en éste acto a colaborar pára hacerlo llegar hasta dicho Cuerpo Policial. Las partes quedan notificadas de lo acordado en autos. Es todo. Terminó, Se leyó y conformes firman los presentes. Siendo las 12:10 del mediodía........................................................................
JUEZ DE JUICIO N° 03
Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO
Abg. Paul Thomas Vielma
DEFENSOR PÚBLICO:
Abg. Betulia Rivero Víctima:
Arisolis Del Rosario Fernández Fernández
SECRETARIA
Abg. Deicy Cáceres Navas
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