TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 21 de Marzo de 2.005.
194 º y 145 º
Vistos los términos del Convenimiento de REGIMEN DE VISITAS suscrito por ante la Fiscalía Séptima de Protección del Niño y del Adolescente los ciudadanos JOSE ROGELIO ARAUJO TORRES y ANA LUISA ZAVALA, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V- 8.141.012 y V-11.709.890, padres de los niños ROGER ONOFRE y ROGLIANA VANESSA ARAUJO ZAVALA de once (11) y siete (07) años de edad respectivamente, en el cual acuerdan: Se fija un Régimen de Visitas para ver a los mismos de la siguiente manera: “ El Régimen de Visitas será amplió, las Vacaciones Escolares, Semana Santa, Carnavales, Navidad y los días Feriados serán Compartidos y alternados”. En consecuencia esta sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior de los niños ROGER ONOFRE y ROGLIANA VANESSA ARAUJO ZAVALA de once (11) y siete (07) años de edad respectivamente. Expídanse las copias certificadas de Ley del presente Convenimiento. Así mismo se ordena EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abg. Carmen Delfín Román. Y la Secretaria abg. Sandra Martínez. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Rosana Freitez Alvaray. Quien suscribe Abg. Rosana Freitez Alvaray, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente S-5530-05, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.
La Secretaria,
Abg. Rosana Freitez Alvaray
Exp. Nº S-5530-05
YFGG/marilyn.-
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