REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 15 de Marzo de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EJ01-P-2001-000078
ASUNTO : EP01-R-2004-000149
PONENCIA DE LA DRA. MARIA VIOLETA TORO
Imputados:Nicolás Ernesto Sarmiento Moncada
Víctima:José Cristóbal Rondón Adunt y Wu Xin Hung
Delito:Robo Agravado en grado de frustración
Defensa Pública:Abg. Esteban Meneses
Representación Fiscal: Abg. Abraham Valbuena. Fiscal 1° del Ministerio Público.
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Público del imputado NICOLÁS SARMIENTO MONCADA, Abogado Esteban Meneses Gómez, contra la sentencia dictada en fecha 03.12.04 por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Revocó el benefició de Suspensión Condicional del Proceso y condenó al referido acusado a cumplir la pena de ocho años de presidio, por la comisión del delito de Robo Agravado en grado de Frustración. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso, observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto, por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la defensa del acusado. Segundo: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. Tercero: Que la decisión que se apela es recurrible, según lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 455 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Público del imputado NICOLÁS SARMIENTO MONCADA, Abogado Esteban Meneses Gómez, debe ser declarado admisible. Y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Defensor Público del imputado NICOLÁS SARMIENTO MONCADA, Abogado Esteban Meneses Gómez, contra la sentencia dictada en fecha 03.12.04 por el Tribunal Cuarto de Control de este Circuito Judicial Penal; y de conformidad con el primer aparte del artículo 455 procesal, se fija la quinta audiencia siguiente a las 10:00 a.m., para que tenga lugar el acto de la Audiencia Oral y Pública, en una de las Salas de Audiencias de este Circuito Judicial Penal. Se ordenó notificar a las partes.
El Juez Presidente,
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelaciones, La Juez Suplente Especial,
Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
Ponente
La Secretaria,
Carolina Paredes
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos. Conste. La Sctria.
TRMI/APP /MVT/CP/jbr.-
Asunto: EP01-R-2004-000149-
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