Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente causa signada con la nomenclatura E-89 en la cual fueron acumuladas las causas E-119 y E 173, en su oportunidad legal correspondiente, seguida al ciudadano quien para el momento de los hechos era adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, a quien en fecha 15 de Diciembre de 2003 éste Juzgado acordó mediante Revisión de la Medida sustituir la medida de Privación de Libertad por la medida de Libertad Asistida, establecidas en el artículo 647 literal “e” ( revisión) y 620 literal “d” y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, respectivamente, por el lapso de Un(1) año y Tres(3) meses.
De la revisión de la decisión antes descrita y cursante a los folios 630 al 632, se observa que la misma quedó cumplida en fecha 15-03-2005. En consecuencia ser ejecuta el fallo y se ordena el Cese de la medida por cumplimiento de la misma.