Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio
de Trabajo de La Coordinación Judicial de La Circunscripción
del Estado Barinas
_________________________________________________________________________ Barinas, 31 de mayo de 2005
195º y 146º

Expediente N : TIJ2 -1879-99.
Demandante: Javier David Mercado Hidalgo, Venezolano, mayor de vedad, titular de la cédula de identidad Nº 9.983.965.
Apoderado del Demandante : Abogados Carmen Hidalgo Hidalgo y Nelson Ramón Mercado Hidalgo, venezolanos, inscritos en el Instituto de Previsión Social de abogado bajo los Nros. 8.017 y 69.774 respectivamente
Demandado: Sociedad Mercantil Baker Hughes S.A. inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 15 de abril de 1996, bajo el Nº 56, Tomo 89-A.

Apoderado del Demandado: Abogado José Humberto Cuevas González, inscritos en el Instituto de Previsión Social de abogado bajo el Nº 37.011.

Motivo: Cobro de Prestaciones Sociales.


Se inició el presente procedimiento, en fecha veintiséis (26) de mayo de 1999, en virtud de demanda interpuesta por la ciudadana Javier David Mercado Hidalgo, asistido por los abogados Carmen Hidalgo y Nelson Hidalgo, contra la Sociedad Mercantil Baker Hughes S.A. División Inteq de Venezuela, con motivo de Cobro de Prestaciones Sociales..

En fecha 29 de marzo de 1999, fue admitida la demanda por auto dictado por el entonces Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas (folio 42).

En fecha 06 de mayo de 1999 se dio oportuna contestación al fondo de la demandada por parte del abogado Jorge Humberto Cuevas González, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada (folios 47 al 51).

En su oportunidad legal fueron promovidas, admitidas y evacuadas las pruebas presentadas por ambas partes.

En fecha 12 de febrero de 2004, fue dictada sentencia Definitiva por el entonces Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la
Circunscripción Judicial del Estado Barinas en la cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada (folios 297 al 327).

Corre inserto a los folios (340 AL 342) del presente expediente CONTRATO DE TRANSACCIÓN celebrado ante el entones Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en la cual las partes de común acuerdo deciden:


“… La Empresa demandada BAKER HUGHES, S.A., con el fin de dar por terminado por auto composición de las partes el presente juicio y evitar y precaver cualquier eventual y futuro litigio… ofrece pagarle al trabajador la cantidad única y total de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (BS. 15.000.000) por todos los conceptos reclamados en el libelo de la demandada, así como por cualquier otro p diferencia no incluido en la misma… El extrabajador demandante Javier David Mercado Hidalgo …acepta recibir en este acto la cantidad de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (BS. 15.000.000) por todos los conceptos demandados y no demandados… Ambas partes solicitan al Tribunal: … Que apruebe, homologue y le imparta carácter vde cosa juzgada a la presente transacción…”



Vista la solicitud de ambas las partes, donde solicitan sea homologada para que surta los efectos legales de la cosa juzgada. Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con vista a lo antes expuesto por las partes, da por consumada la Transacción hecha y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto con el artículo 89 numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y por aplicación análoga el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil con remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y así mismo declara terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente…-

El Juez

Abg. Jesús R. Paris

La Secretaria


Abg. Nubia Domacase




Exp. Nº TIJ2-99-02
JP/nd