Revisadas como han sido las actas procésales que rielan en el presente expediente, este sentenciador al respecto observa: interpuesta Como fue la demanda que por calificación de despido intentó el ciudadano ROBERTO ANTONIO CARMONA, en fecha 11 de marzo de 1.999, en contra de Fondo de Financiamiento Agropecuario del Estado Barinas (folio 1 y su vto) por ante el Juzgado de Primera Instancia del Transito, Agrario y de Estabilidad Laboral de esta Circunscripción Judicial. Se observa que una vez cumplidos los actos procesales siguientes a la citación, como lo son; contestación a la demanda, promoción y evacuación de pruebas, las partes de común acuerdo ocurrieron por ante el extinto Tribunal y mediante diligencia y/o transacción, acuerdan ponerle fin a la presente acción, tal y como se desprende del folio 33, que riela al presente expediente. De dicha transacción en la cual la demandada recibió la cantidad de Bs. 5.003.895,46, solicitan del extinto Tribunal que conocía de la causa, homologue tal transacción e igualmente declare terminada la presente causa y a su vez ordene el archivo del expediente, por lo que de ésta solicitud el extinto Juzgado de Primera Instancia mediante auto de fecha 5 de mayo de 1.999, le impartió su homologación y le otorgó el valor de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, ordenando el archivo del expediente.