REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 11 DE MAYO DE 2005.-
195 º y 146º
En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 08 de Junio de 1999, por el ciudadano RAFAEL ALBERTO FUENTES ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 4.927.021, asistido por el Abogado JOEGE ENRIQUE RODRIGUEZ ABAD, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 26.971, han interpuesto juicio por RECURSO DE NULIDAD conjuntamente con AMPARO CONSTITUCIONAL, en contra de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO BARINAS.
En fecha Cinco (05) de Mayo de Dos Mil Cinco (2005), el ciudadano RAFAEL FUENTES, parte demandante, asistido por la Abogada MARIA BELEN GUGLIEMO BENAVIDES, POR UNA PARTE, y por la otra el Abogado RAUL LOPEZ GUEDEZ inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 9.840, en representación de la CONTRALORIA DEL ESTADO BARINAS, presentan ACTA DE TRANSACCIÓN, solicitan a este Tribunal Superior, la homologación de la Transacción celebrada entre ambas partes.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la Transacción, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION, en el RECURSO DE NULIDAD conjuntamente con ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por el ciudadano RAFAEL ALBERTO FUENTES ROJAS, en contra de la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO BARINAS.
EL JUEZ PROVISORIO,
FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 2846-99
Ems.
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