REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS 04 DE MAYO DE 2005
195º y 146º
En escrito presentado en este Tribunal Superior, el día dieciséis (16) de Septiembre de Mil novecientos Noventa y Nueve (1999), por la ciudadana ROSA MARGARITA RIVAS PAREDES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.986.089, domiciliada en la ciudad de Barinas Estado Barinas, asistida por el abogado ALEXANDER TORREALBA R. venezolano, mayor de edad, titula de la cédula de identidad N° V- 8.142.216, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 36.374, ha interpuesto RECURSO DE NULIDAD, contra la CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO BARINAS.
En fecha 03 de mayo de 2005, mediante diligencia suscrita por la ciudadana ROSA MARGARITA RIVAS PAREDES, asistida por el Abogado ALEXANDER TORREALBA R., con el carácter de parte querellante y por la otra parte el abogado RAUL LOPEZ GUEDEZ, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 9.840, en representación de la CONTRALORIA DEL ESTADO BARINAS, con el carácter de querellada, en la que convienen la siguiente Transacción de conformidad con el Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, tanto el querellante como la representación de la parte querellada con el fin de dar por terminado el juicio contenido en la presente causa. En consecuencia de lo antes convenido ambas partes acuerdan dar por finalizado el presente juicio, en sentido que ambas partes acuerda se Homologue la presente causa y ordene el archivo del expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida el desistimiento, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN Y LE DA EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
EL JUEZ PROVISORIO,
FREDDY DUQUE RAMIREZ
LA SECRETARIA
BEATRIZ TORRES MONTIEL
FDR/yvr.-
Exp. N° 2908-99
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