REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinas, 11 de mayo del 2005.
195º y 146º
Nro. 02-05-05.
Vista la diligencia suscrita en fecha 05 de los corrientes, por el ciudadano Oscar Iván Muñoz León, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.713.974, asistido por el abogado en ejercicio Servio Tulio Jerez Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.892, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción de rendición de cuentas intentado en contra de la ciudadana Rosa Alcira Molina Vega, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.260.619, y llenos como se encuentran los extremos a que se contraen el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento y de la acción, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Registro Principal del estado Barinas, a los fines de su archivo. Désele salida en los libros respectivos.
La Juez,
Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria,
Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. Nº. 04-6408-CE
egu
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
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