REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 31 de mayo del 2005.
Años 195º y 146º
Nro. 10-05-05.

Vista la diligencia suscrita en fecha 26 de mayo del año en curso, por el ciudadano Alberto Carvajal, colombiano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 81.505.618, asistido por el abogado en ejercicio Lubin Vielma Vielma, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 25.649, mediante la cual desiste del procedimiento de cobro de bolívares por intimación intentado en contra de la ciudadana Diana Elena Gehin Díaz, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.388.687, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución de la letra de cambio resguardada en la caja de seguridad de este Tribunal. Igualmente se ordena la devolución de la copia certificada cursante a los folios del 16 al 19 ambos inclusive del cuaderno de medidas, previa su certificación en autos, conforme a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de las respectivas copias se autoriza amplia y suficientemente al Alguacil de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 13.947.103. Asimismo, se revoca la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este Tribunal en fecha 27-10-2004, y se ordena oficiar lo conducente al Registrador Inmobiliario del Municipio Barinas del estado Barinas. Líbrese oficio. Líbrese oficio.

La Juez Provisorio,


Abg. Reina Chejín Pujol La Secretaria,


Abg. Karleneth Rodríguez Castilla

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se libró el respectivo oficio. Conste

La Secretaria,


Abg. Karleneth Rodríguez Castilla

Exp. Nro. 04-6529-M
mf.


“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”