REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 18 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-003278
ASUNTO : EP01-P-2005-003278

JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Nueva Oportunidad.-

JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Edgardo Boscan Pérez
IMPUTADO: NAAZON ABISAI RAMIREZ QUINTERO
DEFENSOR: Abg. Sonia Moreno
DELITO: Ocultamiento de Arma de Fuego
VICTIMA: El orden Público.

En el día de hoy, Miércoles 18 de Mayo de 2.005; siendo el día y hora fijado para realizar Audiencia de Juicio oral y Público pautado para el día de hoy, en la causa penal seguida en contra del imputado RAMIREZ QUINTERO NAAXON ABISAI venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 20.150.275 (LA PORTA), de profesión u oficio vendedor de perros calientes, natural de Socopó, Estado Barinas, nacido el día 03-08-1984, de estado civil soltero, quien es hijo de Iris Luzanir Quintero (v) y José Audon Ramírez (f), residenciado en Barrio “Las Flores”, Calle 01, Casa S/N, al frente del Bar “Mi Esfuerzo”, Socopó Estado Barinas, teléfono 0414-5714721, plenamente identificado por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio del Estado Venezolano. Se constituyó el Tribunal Unipersonal de Juicio Nº 03, en la Sala de Audiencias N° 03 de este Circuito Judicial Penal, integrado por el Juez Abg. Perpetuo Reverol Briceño, la Secretaria Abg. Deicy Cáceres Navas y el Alguacil José Luis Ramírez. Seguidamente el Juez ordena a la Secretaria verificar la presencia de las partes, constatándose el Fiscal del Ministerio Público Abg. Edgardo Boscán, la defensa Abg. Sonia Moreno, No compareció el imputado de autos, no obstante se deja constancia que el imputado de autos no fue efectivamente notificado para comparecer al presente acto, por cuanto se observa que por error involuntario se libró su traslado desde la Comandancia de la Policía cuando en realidad el mismo se encuentra en libertad, debiendo librarse boleta de notificación, y no boleta de traslado, en tal sentido, por no encontrarse todas las partes necesarias, se hace imposible realizar el juicio tal y como se tenía previsto y en consecuencia se FIJA nueva oportunidad para el día JUEVES 30 DE JUNIO DE 2.005 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA. En consecuencia quedan notificadas las partes presentes. Se ordena librar boleta de notificación al imputado de autos a través de la Comandancia de la Zona Policial N° 10. Es todo. Terminó; Se leyó y conformes firman los presentes siendo las 10:00 de la mañana.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
JUEZ DE JUICIO N° 03

Abg. Perpetuo Reverol Briceño

FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO

Abg. Edgardo Boscán


DEFENSOR

Abg. Sonia Moreno


SECRETARIA

Abg. Deicy Cáceres Navas