REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 24 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2002-000002
ASUNTO : EP01-P-2002-000002

ACTA DE LECTURA Y PUBLICACION DE SENTENCIA

JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
DEFENSOR: Abg. Carmen Lucía Rumbos
IMPUTADOS: José Francisco Frías Urquiola.
FISCAL: Abg. Paúl Thomas Vielma
Victima: Automercado (William Wu Zhen) Xiujuan Xhen y Wu Ji Rong
DELITOS: Robo Agravado
SECRETARIA: Abg. Deicy Cáceres Navas

El día de hoy Martes 24 de Mayo de 2.005, siendo las 3:00 de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la el acto de Lectura y Publicación de Sentencia, en la presente causa seguida en contra de los imputados, José Gregorio Castillo, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V.-13.530.888 domiciliado en la Urbanización Simón Bolívar, sector 4 vereda 40 casa N° 18 Guanare Estado Portuguesa y José Francisco Frías Urquiola, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° V 17.003.983, domiciliado en la Urbanización Francisco de Miranda, sector Los Próceres, vereda 42 casa N° 05 Guanare Estado Portuguesa por la presunta comisión del delito por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el Art. 460 del Código Penal vigente, en perjuicio del automercado William Wu Zhen, representado por los ciudadanos Wu Ji Rong y Xiujuan Xhen en su condición de propietarios del automercado William Wu Zhen. Se constituyó el Tribunal de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo del Juez Abg. Perpetuo Reverol Briceño, la Secretaria de Sala Abg. Deicy Cáceres Navas y el alguacil Rafael Piña; se procede a dejar constancia de la presencia de las partes necesarias a tal efecto no comparecieron las mismas; Acto seguido Constituido el Tribunal Unipersonal y Verificada la presencia de las partes el ciudadano Juez procede a dar lectura total a la sentencia de la causa EP01-P-2002-000002, de conformidad con el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se dio por leída y publicada la sentencia en su totalidad. Se terminó siendo las 3:15 PM. Es todo terminó Se leyó y conformes firman los presentes.-----------------------------------------------------------------
El Juez de Juicio N° 03

Abg. Perpetuo Reverol Briceño
La Secretaria de Sala:

Abg. Deicy Cáceres Navas