REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 26 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-000006
ASUNTO : EP01-P-2005-000006

JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Nueva Oportunidad.-

JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Abraham Valbuena
IMPUTADO: Hernán Alexander Igañez Amaya
DEFENSOR: Abg. Pascual Hernández
VICTIMA: Maryuri del Carmen Nieto
SECRETARIA: Abg. Deicy Cáceres Navas

En el día de hoy Jueves 26 de Mayo de 2.005 siendo las 11:00 de la mañana, fecha y hora fijada para dar inicio a la Audiencia Oral de Juicio en la causa penal seguida en contra de del imputado Hernán Alexander Igañez Amaya venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15670258, de 25 años de edad, Obrero, nacido el 21-08-79, Barinas, hijo de Bertha Elena Amaya (v) y de Enrique Pacheco Igañez (V), 3 tercer año, residenciado en la urbanización Francisco de Miranda callejón 03 casa N° 34 sin teléfono, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de Hurto Calificado en Grado de Tentativa previsto y sancionado en el Artículo 455 ordinal N° 3 en relación con el Artículo 80 primer aparte del Código Penal Venezolano; Se instaló el Tribunal de Primera Instancia en Función Unipersonal de Juicio N° 03 a cargo del Juez Abg. Perpetuo Reverol Briceño y la Secretaria Abg. Deicy Cáceres Navas, y el alguacil Rafael Piña en la sala de audiencias N° 03 de este Circuito Judicial Penal; El Juez ordena a la secretaria verificar la presencia de las partes, quien constató al Fiscal del Ministerio Público Abg. Abraham Valbuena, el imputado Hernán Alexander Igañez Amaya y su Defensor Público Abg. Pascual Hernández, no comparece la víctima ciudadana Maryuri Del Carmen Nieto Briceño; En éste orden el ciudadano Juez le informa a los presente que en razón de no encontrarse todas las partes necesarias Se acuerda FIJAR nueva oportunidad para realizar el presente juicio correspondiendo para el día 13 DE JULIO DE 2.005 A LAS 9:00 DE LA MAÑANA En tal sentido Se acuerda notificar a la víctima advirtiéndole que de no comparecer en la nueva oportunidad acordada se tomarán las medidas necesarias a los fines de su comparecencia obligatoria. Los presentes quedaron notificados de la nueva fecha acordada. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Juez de Juicio N° 03

Abg. Perpetuo Reverol Briceño
Ministerio Público:

Abg. Abraham Valbuena
EL Defensor Público

Abg. Pascual Hernández

EL IMPUTADO:

Hernán Alexander Igañez Amaya
La Secretaria

Abg. Deicy Cáceres Navas