TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 16 de Mayo de 2005.
195 º y 146 º



Por cuanto de la revisión detallas de las actas procesales que componen la presente causa de MEDIDA DE PROTECCION de las adolescentes KARLA TERESA y KARLA ANGELICA JAUREGUI TORRES, para proveer observa el Tribunal que la misma fue presentada en fecha 26/07/2000, y se le dio curso de ley conforme a auto de fecha 12/12/2000, SIN OTRO ACTO DE IMPULSO PROCESAL A INSTANCIA DE LA PARTE INTERESADA, así mismo por cuanto a la presente fecha las ciudadanas KARLA TERESA y KARLA ANGELICA JAUREGUI TORRES, cuentan con la mayoría de edad, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas de conformidad con lo previsto en el artículo 28 del Código de procedimiento Civil SE DECLARA INCOMPETENTE PARA SEGUIR CONOCIENDO DE OFICIO EN RAZON DE LA MATERIA por su mayoridad, DECLARANDO EL CESE DE ESTE PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal N° 02 Abog. Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria Abog. Rosana Freitez A. En la misma fecha se cumplió lo ordenado Conste: la Secretaria Abg. Rosana Freitez A Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE, Abog. Rosana Freitez A, en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, del Expediente N° P-26-00, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.

La Secretaria.
Abg. Rosana Freitez A
Exp. Nº: P-26-00
YFGG/jg.-