REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
SALA DE JUICIO.

Barinas, 19 de Mayo de 2005.-
195º y 146º


Vistos los términos del Convenimiento de Guarda y Custodia de fecha 17/05/2.005, suscrito por los ciudadanos MARIA HERMINA SERENO ORTIZ y MIGUEL RICARDO MATUTE RANGEL, titulares de las cédulas de identidad personales Nros. V.-9.385.871 y V-8.143.977, de profesión comerciante la primera y abogado el segundo, domiciliados la primera en Guanare estado Portuguesa, padres de la niña IVANA ANDREA de ocho (08) años de edad, acuerdan: Que la niña IVANA ANDREA de ocho (08) años de edad, se quedará bajo la GUARDA Y CUSTODIA durante dos (02) años mientras su madre la ciudadana MARIA HERMINIA SERRANO ORTIZ, regresa de Portugal a donde viajará, quedando abierto un régimen de visitas en las oportunidades que se le pueda presentar en el transcurso de esos dos años. Manifestaron estar conforme con todo lo anteriormente expuesto en materia de GUARDA Y CUSTODIA, por lo que solicitaron la homologación del presente acuerdo. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley le IMPARTE HOMOLOGACION AL CONVENIMIENTO REFERIDO, por redundar en beneficio del interés superior de la niña IVANA ANDREA de ocho (08) años de edad, se ordena el cese del procedimiento y el archivo de las actuaciones. Diarícese y Cúmplase. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria Abog. Rosana Freitez. Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abog. Rosana Freitez A. en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio_________ del Expediente S-5705-05 certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
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La Secretaria.
Abog. Rosana Freitez Alvaray



Exp Nº: S-5705-05
YFGG/rc.-