REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






JUZGADO DEL MUNICIPIO PEDRAZA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Ciudad Bolivia, 04 de mayo de 2005.
195° y 146°

Vista el convenimiento suscrito por ante el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 20-04-2005, por los ciudadanos: LITZI TAHIDY MONTILLA UZCATEGUI, asistida por la abogado en ejercicio: Marielis Yudit Narváez Cabeza, Inpreabogado N° 80.076, parte demandada en la presente causa y el ciudadano: ALEXIS JOSÉ RIVERO PAREDES, abogado en ejercicio, Inpreabogado N° 58.225, Apoderado Judicial de la parte demandante; el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte homologación, en razón que la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles. Se ordena el cese del procedimiento y el archivo del expediente. En consecuencia, se suspende la medida de embargo decretada en fecha 05-04-2005.
La Juez

Xiomara Méndez Ramírez La Secretaria

Janitzia Aro Bastidas.


Exp. No. 294.
XMR/opm.