Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente Causa seguida al joven IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, quien fue sancionado a cumplir la (s) medida (s) de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 620, literales “b” y “d” en relación con los artículos 626 y 624 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos en el artículo 458 después de la Reforma del Código Penal. Realizada la revisión del computo cursante en el folio Trescientos Treinta y Ocho (338) y Trescientos Treinta y Nueve (339), se constata que la medida impuesta se cumplió en fecha 16 de MAYO de 2005; en consecuencia, se ejecuta el fallo y se