REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 15 DE NOVIEMBRE DE 2005.-
195º y 146°
En escrito presentado ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y recibido en este Tribunal Superior en fecha 09 de Noviembre de 2005, interpuesto por el Abogado FRANKLIN ALBERTO PINEDA CARVAJAL, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 8.153, en su carácter de Sindico Procurador Municipal del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, en el que demanda al ciudadano JOSE SORIANO CAICEDO TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.397.401, por Ejecutividad y Ejecutoriedad de la Resolución N° DOF/178 de fecha 14 de Enero de 1994, emanada de la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, este Tribunal Superior observa, que del análisis del libelo de demanda, este Juzgador no puede deducir que es lo que se pretende con la acción interpuesta, en consecuencia, de conformidad con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia se declara inadmisible el presente RECURSO, en virtud que es ininteligible la pretensión. Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, de conformidad con el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia DECLARA INADMISIBLE el presente RECURSO, interpuesto por el ciudadano FRANKLIN PINEDA CARVAJAL en contra del ciudadano JOSE SORIANO CAICEDO TORRES. Y así se decide..

EL JUEZ PROVISORIO,
FDO
FREDDY DUQUE RAMIREZ.


LA SECRETARIA,

FDO
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. N° 5869-2005.
DDR/Ems.