REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de Noviembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-000008
ASUNTO : EP01-P-2005-000008

ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Continuación

JUEZ PROFESIONAL: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
JUECES ESCABINOS: Jacobo Neptalí Barrios - Omar Antonio Dale Araujo
FISCAL: Abg. Edgardo Antonio Boscán Pérez
IMPUTADO (S): ABNER ABISAY CACERES VARGAS
DEFENSOR: Abg. Escipión Cadenas
DELITO: HOMICIO CULPOSO Y OMISIÓN DE SOCORRO
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas

En el día de hoy Martes 01 de Noviembre de dos mil cinco, siendo las 3:00 de la tarde, oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y público, en la causa penal seguida en contra del ciudadano: ABNER ABISAY CÁCERES VARGAS venezolano, mayor de edad, de 29 años, titular de la cedula de identidad N° V- 14.264.708, casado, Comerciante, dice ser hijo Domingo Cáceres y Maria Eufemia de Cáceres y residenciado en Barrio El Corozal, calle 12 y 13, casa N° S/N, diagonal a una Quesera de Socopó del Estado Barinas, por la comisión del delito de Homicidio Culposo y Omisión de Socorro previstos y sancionados en los artículos 411 ahora 409 del Código Penal vigente y artículo 440 ejusdem en perjuicio de Elizandro Díaz Pavón, Abrahán Villamizar, Javier Antonio Sánchez Contreras. Se instala el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Nº 03, a cargo del Juez Profesional Abg. Perpetuo Reverol Briceño, los ciudadanos Jacobo Neptalí Barrios, titular de la cédula de identidad N° 4.925.605 y Omar Antonio Dale Araujo titular de la cédula de identidad N° 11.717.297, en su carácter de Jueces Escabinos, la Secretaria de sala Abg. Deicy Cáceres Navas y el alguacil William Parra, en la Sala de audiencias N° 3 de este Circuito Judicial Penal. Instalado el Tribunal Mixto, el ciudadano Juez instruye a la secretaria a los fines de la verificación de las partes necesarias, a tal efecto se constata la representación del Ministerio Público Abg. Edgardo Boscán Pérez, el acusado de autos quien fue debidamente trasladado, la defensa privada representada en éste acto por el Abg. Escipión Cadenas, no se constata la presencia de los testigos y funcionarios promovidos. Constituido el Tribunal Mixto y verificada la presencia de las partes necesarias el ciudadano Juez apertura la CONTINUACION del juicio informando a los presentes el motivo, alcance y naturaleza del mismo, así como informa sobre las formalidades del Juicio Oral y el comportamiento que deben mantener el acusado, los intervinientes y el público presente. Seguidamente el Juez hace un recuento de lo ocurrido en las audiencias anteriores, y declara la apertura del debate oral y Público y por encontrarse en la fase de recepción de pruebas, de conformidad con lo establecido en el artículo 353 del COPP, se ordena en éste acto alterar el orden de recepción de las pruebas y a tal efecto se procede a incorporar por su lectura el acta de defunción inserta al folio N° setenta y seis (76) quedando así incorporada la misma. En éste orden se deja constancia que el ciudadano Fiscal del Ministerio Público pide el derecho de palabras para solicitarle al tribunal se sirva suspender el desarrollo de la presente audiencia tomando en cuenta que se encuentra muy indispuesto de salud, a tal efecto pide se considere fijar la continuación del juicio en la oportunidad que a bien tenga acordar el Tribunal haciendo comparecer con la Fuerza Pública a las víctimas y a los testigos faltantes. En tal sentido el defensor privado manifiesta que no se opone a lo solicitado por el fiscal del Ministerio Público y en consecuencia el ciudadano Juez por considerar lo solicitado procedente ACUERDA suspender por el día de hoy la continuación del juicio y se FIJA para el día JUEVES 10 DE NOVIEMBRE DE 2.005 A LAS 10:00 DE LA MAÑANA. En tal sentido se ordena LA CONDUCCION a través de la Fuerza Pública a las víctimas y testigos faltantes, para lo cual debe oficiarse a los respectivos superiores jerárquicos de los funcionarios faltantes, y a las víctimas y a los testigos a través de la Comandancia General de la Policía del Estado Barinas; Quedando cerrado el acto por el día de hoy. Quedan notificadas todas las partes que comparecieron el día de hoy; Se deja constancia que el ciudadano Fiscal del Ministerio Público se compromete en éste acto a colaborar para hacer comparecer a través de la Fuerza Pública a los testigos, funcionarios y expertos promovidos, que faltaron el día de hoy. Líbrese oficio a la Oficina de Participación Ciudadana. Es todo, terminó siendo las 3:50 de la tarde; Se leyó y conformes firman ---------------------------------------------------------
Juez de Juicio N° 03

Abg. Perpetuo Reverol Briceño


JUECES ESCABINOS:


Jacobo Neptalí Barrios Omar Antonio Dale Araujo
C.I. 4.925.605 C.I. 11.717.297



IMPUTADO:


ABNER ABISAY CACERES VARGAS




Ministerio Público:



Abg. Edgardo Boscán Pérez


Defensa Privada:


Abg. Escipión Cadenas




La Secretaria de Sala:


Abg. Deicy Cáceres Navas