En el despacho del día de hoy, primero de noviembre del dos mil cinco, siendo las once del día, se traslado y se constituyó el Tribunal previa habilitación del tiempo necesario en la Finca “Palo Quemao” ubicada en el sector Palo Quemao Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, alinderada así: NORTE: Con mejoras de JOS Antonio Moreno, SUR: Con mejoras de Maria Parra; ESTE: Con mejoras de la familia Díaz; Y OESTE: Con mejoras de Manuel Quiñones y bar. Los Manantiales En compañía de la abogado Lucio Antonio Casanova y Omar Ramón Aldana, inscritos en el inpreabogado números 83.728 y 32178 y titulares de las cédulas de identidad números 3.916.452 Y 8.170.154, Respectivamente domiciliados en la población de Sabaneta del Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas , y del ciudadano: ARCADIO JOSE QUERALES , titular de la cédula de identidad número 2.491.550, domiciliado en el Sector donde esta constituido en ejercicio ERENIA DEL VALLE VEGA RIVAS, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 91.908, domiciliada en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, titular de la cédula de identidad 13.212.105, con el fin de practicar medida de Embargo preventivo, decretado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en el juicio de Cobro de Bolívares por Intimación, intentada por el ciudadano: CIPRIANO RAMON HERNANDEZ MARTINEZ, contra la ciudadana ISABEL CRISTINA PEREZ, sobre bienes muebles propiedad de la demandada, hasta cubrir la cantidad de OCHENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y OCHO BOLIVARES (Bs 81.695.198,oo), seguidamente el Tribunal procede a notificar de la medida a la ciudadana: RAQUEL VELA, Venezolana, mayor de edad, Educadora, residenciada en la población de Sabaneta, Municipio Alberto Arvelo Torrealba del Estado Barinas, y titular de la cédula de identidad numero 18.117.633, Seguidamente el Tribunal procede a nombrar Depositaria Judicial a la Empresa mercantil DEPOSITARIA JUDICIAL GEFRAMA S.R.L., Inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Agrario, Transito y Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, bajo el numero 14, folios vto del 41 al 45 vto, tomo 1, adicional de fecha 12 de Julio de 1.982, representada en este acto por su apoderado Especial ciudadano: NELSON DE JESUS MONTILLA PERDOMO, venezolano, mayor de edad, contabilista titular de la cedula de identidad numero 4.262.597, domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, según consta de poder protocolizado por ante la oficina subalterna de Registro Publico del Municipio Barinas, Estado Barinas, el día 06-12-1991, bajo el numero 36, folios 78 al79, protocolo tercero, principal y duplicado, cuarto trimestre del año 1.991, quien estando presente expone: Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo, es todo. Seguidamente el Tribunal Procede a nombrar Perito Avaluador, recayendo este nombramiento en la persona del ciudadano: ALEXANDER JOSE COUTANT VILLAFAÑE, venezolano, comerciante, mayor de edad, domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas y titular de la cedula de identidad numero 4.603.424, quien estando presente expone: Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo, es todo. Seguidamente el Tribunal le concede el derecho de palabra a la abogado actora
Dra. Erinia del Valle Vega Rivas para que señale los bienes a embargar y expone: Señalo para ser embargado un vehiculo de las características siguientes: Marca Dodge, año 99, placas 69J EAB, color Blanco, serial de carrocería 3B6MC36Z2XM555933, serial del motor 8 cil, clase Camión, tipo Chasis, uso carga, modelo T-4000 Dodge CH, con sus accesorios, dos cornetas tipo consola, marca Nipón América; una planta 880 W, Marca Pyramid. Equipo de sonido tipo Rockola de 12 CD, Marca Pioneer; dos cornetas adheridas a las puertas; Un reproductor marca pioneer en el tablero incrustado, es todo. Seguidamente el Tribunal ordena al perito Avaluador estimar el precio del bien mueble señalado para ser embargado y describa las condiciones de mantenimiento y funcionamiento y expone: El vehiculo señalado se encuentra en buenas condiciones de funcionamiento y mantenimiento, los cauchos delanteros se encuentran en buenas condiciones de uso y funcionamiento, los cauchos traseros se encuentran en regular estado de uso y funcionamiento y dos lisos, el caucho de repuesto se encuentra liso, de latonería y pintura se encuentra en buen Estado; en la parte trasera derecha de la platabanda existe un golpe sin relevancia aparente; Luces en buen estado de mantenimiento y funcionamiento; tapicería en Buen estado; No tiene aire acondicionado; y la Batería se encuentra en buenas condiciones, marca Duncan de 850 Amp., serial 875010, el vehiculo tiene un kilometraje de 136.079 kilómetros de recorrido; y lo justiprecio en la suma de VENTICINCO MILLONES DE BOLIVARES( Bs 25.000.000,oo), es todo. EL JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS OBISPOS, CRUZ PAREDES Y ALBERTO ARVELO TORREALBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA FORMALMENTE EMBARGADO EL BIEN MUEBLE SEÑALADO, DESCRITO Y JUSTIPRECIADO. Y HACE ENTREGA FORMAL A LA DEPOSITARIA JUDICIAL GEFRAMA S.R.L. EN LA PERSONA DE SU APODERADO NELSON DE JESUS MONTILLA, y se le concede la palabra para que manifieste el Tribunal su aceptación o rechazo y expone: “Recibo el bien embargado y antes descrito el cual será trasladado hasta los depósitos de mi representada, ubicados en la ciudad de Barinas, así mismo, manifiesto que mis honorarios y emolumentos me han sido pagados por parte actora cuyo monto es de doscientos cincuenta mil bolívares ( Bs 250.000,oo), es toda. En este estado el ciudadano: ALEXANDER JOSE COUTANT manifiesta al Tribunal que sus honorarios como perito avaluador es la suma de cien mil bolívares (Bs 100.000, oo) y que fueron cancelado por la parte actora, es todo. No habiendo mas nada que actuar el Tribunal da por concluido el acto, siendo las dos de la tarde del mismo día de hoy. Termino, se leyó y conforme firman. L.S. EL JUEZ (fdo) Ilegible, LA DEPOSITARIA JUDICIAL (fdo) Ilegible, LA ABOGADO ACTORA (fdo) Ilegible, LA NOTIFICADA (fdo) Ilegible, EL PERITO AVALUADOR (fdo) Alexander Coutant, EL SECRETARIO (fdo ) Ilegible.
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