REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de Barinas
Barinas, diez de octubre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : EH11-L-2005-000004
SENTENCIA
PARTE ACTORA: HERNÁN RAFAEL SALGUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.063.613.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: abogado JOSE LUIS ORTEGA, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.173.690, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.722.
PARTE DEMANDADA: RAFAEL OJEDA AVANCINI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-6.558.092.
Abogado Asistente: HAROLD PAREDES BRACAMONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.992.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 10 de Octubre de 2005, siendo las 02:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, comparecen el ciudadano RAFAEL OJEDA AVANCINI, parte demandada asistido por el abogado HAROLD PAREDES BRACAMONTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 27.992. Seguidamente se da inicio al acto y se deja expresa constancia de que la Parte Actora, ciudadano HERNÁN RAFAEL SALGUERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-8.063.613; no compareció a la realización de la Prolongación de Audiencia Preliminar, ni por si mismo, ni por medio de ninguno de sus Apoderados Judiciales, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Régimen Procesal Transitorio como del Nuevo Régimen de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley
CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195 ° y 146°.
La Juez
Abg. Ruthbelia Paredes
Los Comparecientes:
Parte Demandada:
Abogado Asistente de la parte Demandada:
EL Secretario,
Abg. Miguel Balacco
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