REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 05 DE OCTUBRE DE 2005.-
195 º y 146º
En diligencia presentada en este Tribunal Superior, en esta misma fecha, por los Abogados ROMBET E. CAMPEROS, ELIBETH LINDARTE DE MORALES y JESÚS GERARDO FEBRES CORDERO SALAS, identificados en autos, en representación el primero del ciudadano JOSÉ VIEIRA FERNANDEZ y los segundos en representación del Municipio Bolívar del Estado Barinas del ciudadano Ovidio Silva y del ciudadano Luis Eloy Rivas, suficientemente identificados en autos, siendo que el abogado Rombet E. Camperos ha interpuesto demanda de Nulidad de acto administrativo y amparo constitucional en contra la Cámara Municipal del Municipio Bolívar del Estado Barinas, y del ciudadano Ovidio Silva, interviniendo en esta demanda el ciudadano Luis Rivas y por cuanto en esta misma fecha el Abogado Rombet E. Camperos desistió tanto de la acción como del procedimiento de la misma, con la aceptación de las contrapartes, este Juzgador homologa dicho desistimiento, da por consumado el acto y le da carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, todo ello a tenor del articulo 263 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud de la solicitud realizada por los abogados Elibeth Lindarte de Morales y Jesús Gerardo Febres Cordero, se ordena oficiar a la Corte Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo del desistimiento de la apelación que riela al folio 399 de los autos realizada por diligencia de fecha 09-05-2005 y admitida por el Tribunal en fecha 12-05-2005, tal como consta en el folio 407 del expediente.
EL JUEZ PROVISORIO,
FDO
FREDDY DUQUE RAMIREZ.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
FDO
DAMARY V. GONZALEZ RANGEL
EXP. N° 5166
FDR/DGR.
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