JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-

Con fecha 11 de Octubre de 2.005, la ciudadana: YELITYZA DE LA CONSOLACION ANGARITA CARDENAS, parte demandante, asistida por el abogado en ejercicio. ANDRES ALBARRAN RIVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 88.542, y el ciudadano: DIDO RICARDO GUERRA JAIMES, con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil EXPRESOS MERIDA, asistido por la Abogado en ejercicio MARIELA PASCUAS GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98607, en su carácter de Co-apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil EXPRESOS MERIDA C.A., mediante la cual la parte demandante desiste de la Acción y del Procedimiento.-

Ahora bien, este Juzgador observa que por cuanto el anterior Desistimiento se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, le imparte su homologación y le da el valor de cosa juzgada.-

Regístrese, Publíquese, Expídanse las copias de Ley.-

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.- En Barinas, a los Trece días del mes de Octubre del año Dos Mil Cinco.- Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.-


ABG: JOSE GREGORIO ANDRADE P.-
JUEZ TEMPORAL.-
ABG: JENNIE W. SALVADOR P.
SECRETARIA.

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo las 2:25 p.m. Conste.-

Scría,
JGAP/JWSP/dm.
Exp. N° 3.936.
“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL
LIBERTADOR SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”