REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 6 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2005-006245
ASUNTO : EP01-P-2005-006245
UNICO
En el inicio de las presentes actuaciones se evidencia la solicitud formulada por el Ciudadano RAFAEL ANDRES TORRES MALDONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.218.144, de este domicilio, por medio de la cual solicita la entrega de un vehículo: Clase: Rustico; Marca: Toyota; Modelo: Land Cruiser; Tipo: Tipo Techo duro; Año: 1978; Color: negro; Placas: AGA484; Serial de Carrocería: FJ40909854; serial de motor: 2F211821; Uso: Particular y que le pertenece según se evidencia de copia simple, en la cual la ciudadana María Castillo Flores le vende al mencionado solicitante. Alega el solicitante que fundamenta su solicitud en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal.
El Tribunal procedió oportunamente a solicitar las actuaciones relacionadas con el referido vehículo a la Fiscalía Tercera del Ministerio Público y las mismas fueron recibidas en fecha 21/09/05, bajo el Nº 06-F3-02054-05.
Para decidir sobre tal petición, este Tribunal de Control hace las siguientes consideraciones:
De un análisis realizado al legajo de actuaciones se evidencia copia simple del documento en el cual el solicitante adquirió el vehículo en cuestión y copia simple del Registro de Vehículo Automotor.
Ahora bien, este Tribunal para pronunciarse sobre la entrega del vehículo, es necesario y menester que conste en el expediente la Tradición legal del vehículo en mención, es decir, los documentos Originales anteriores y el certificado de Registro del vehículo, en Original; en consecuencia, una vez que conste en autos dichos recaudos, este Tribunal pasará a Pronunciarse al respecto. Se ordena oficiar lo conducente. Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 06.
ABG. FANISABEL GONZALEZ.
LA SECRETARIA.
ABG.