REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 4 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-004366
ASUNTO : EP01-P-2003-000367
ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad.
JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Iraida Guillén Cantafio
IMPUTADO (S): JESUS EMIRO BAYONA
DEFENSOR: Abg. Alexis Moreno
SECRETARIO: Abg. Karelis Guedez
DELITO: Ocultamie4ndo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
En el día de hoy Martes 04 de Octubre, siendo las 2:00 PM, convocada para dar Continuación a la audiencia de Juicio Oral y Público, en la causa penal por procedimiento ordinario incoada en contra del acusado JESUS EMIRO BAYONA de nacionalidad Colombiana, titular de la cédula de identificación personal de ciudadanía Colombia N° 79.933.602 serial de pasaporte N° SR5266451, natural de la Playa de Norte de Santander, nacido en fecha 08-09-1.976, de ocupación comerciante, estado civil soltero, hijo de Ana Aurelia Ortiz (v) y Ramiro Bayona (v) domiciliado en La Urb. Juan Pablo II Manzana 2 Vereda 6 casa N° 01, por el delito de Ocultamiento De Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado Venezolano. Se constituyó el Tribunal de Juicio N° 03; del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la sala de audiencias N° 03 a cargo de la Abg. Perpetuo Reverol Briceño, la secretaria Abg. Karelis Guedez y el Alguacil Enrique Chalbaud, Seguidamente se procede verificar la presencia de las partes, constatándose la fiscal del Ministerio Publico Abg. Iraida Guillen, La defensa privada, Abg. Alexis Moren y el acusado JESUS EMIRO BAYONA, se hizo presente la Doctora Adelquis Espinoza, las demás partes necesarias no hicieron acto de presencia. Seguidamente se llama a el Experto de la carga fiscal: Doctora Adelquis Espinoza, quien fue juramentada, y se identificó como venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° V- 4.258.049, Farmacéutico Toxicológico adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Estado Barinas, no tengo ningún parentesco con el acusado se le recibió su declaración sobre los hechos. No fue interrogada por la Fiscal del Ministerio Público, se deja constancia que el acta fue incorporada por su lectura, ni por la Defensa Pública, el Juez no interrogo, seguidamente se ordenó su retiro. Acto seguido se ordena su retiro. En virtud de que no se encuentran presentes los demás funcionarios es por lo que se acuerda suspender Esta Audiencia y se fija para su continuación el día LUNES 10 DE OCTUBRE DE 2005 A LAS 2:00 PM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman siendo las. 03:00 PM.
Juez de Juicio N ° 3
Abg. Perpetuo Reverol Briceño
El acusado
Jesús Emiro Bayona Ortiz
El Ministerio Público
Abg. Iraida Guillen
La Defensa
Alexis Moreno
La secretaria
Abg. Karelis Guedez