REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 7 de Octubre de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : EK01-P-2001-000006
ASUNTO : EK01-P-2001-000006
AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO
JUEZ: Abg. Perpetuo Reverol Briceño
FISCAL: Abg. Maria Carolina Merchán (S)
IMPUTADO (S): HILDEMAR MOLINA MARQUEZ,
DEFENSOR: Abg. Rafael Mitilo Veliz
VICTIMA: Orlando Mora Molina (occiso) - Noris Zerpa (cónyuge)
QUERELLANTE: Abg. Eutimio Molina
SECRETARIO: Abg. Karelis Guedez
En el día de hoy Viernes 07 de Octubre de 2.005, siendo las 9:00 de la mañana oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y Público en el proceso penal seguido en contra del acusado HILDEMAR MOLINA MARQUEZ, venezolano, de 20 años edad, titular de las cédula de identidad N° V-17.358.889, natural de Pedraza - Ciudad Bolivia, quien nació el día 28-10-81, Mesonero, residenciado en el Barrio El Rural Calle Principal Casa S/N° Pedraza La Vieja - Barinas; por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple previsto en el artículo 407 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de Orlando Mora Molina (Occiso). Se constituye el tribunal de Juicio N° 03 integrado por el Juez de Juicio N° 03 Abg. Perpetuo Reverol Briceño, la secretaria de Sala Abg. Karelis Guedez y el alguacil Enrique Chalbaud; Seguidamente se constata la presencia de las partes necesarias a tal efecto comparecen, la Fiscalía del Ministerio Público representada en éste acto por la Abg. Carolina Merchán, Se deja constancia que no comparece el acusado de autos ciudadano Hildemar Molina Márquez, las demás partes necesarias, (víctima, querellante, testigos, funcionarios y expertos), quienes al ser llamadas en reiteradas oportunidades no se presentaron a la Sala; Se deja Constancia que el defensor privado Abg. Rafael Mitilo Veliz, se encuentra en Continuación de Juicio en la sala de audiencias N° 2, en la Causa penal N° EP01-P-2004-452. En consecuencia dada la incomparecencia de las partes necesarias, éste Tribunal Acuerda Fijar nueva oportunidad para el día VIERNES 11 DE NOVIEMBRE DE 2005 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Se ordena librar boletas de citación, de notificación y oficios pertinentes a los fines de la comparecencia de todas las partes necesarias. Se ordena oficiar al Comandante de la Policía para que se sirva hacer conducir con la fuerza pública al Acusado. Advertirles el carácter obligatorio de su comparecencia. Solicitar acuse de recibo en cuanto a la práctica de la boleta de notificación de la víctima, por cuanto en reiteradas oportunidades ha dejado de comparecer a las convocatorias realizadas por éste Tribunal. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 9:30 de la mañana……………….
Juez de Juicio N° 03
Abg. Perpetuo Reverol Briceño
La Fiscal Del Ministerio Público
Abg. Carolina Merchán
La Secretaria de Sala
Abg. Karelis Guedez