REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL N°2
Barinas, 03 de Octubre del 2.005.-
195° y 146°
Visto el Convenimiento de Régimen de Visitas que antecede y recaudos acompañados suscrito por ante la Fiscalia Séptima de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en el cual los ciudadanos: CARLOS ANTONIO DELGADO HIDALGO y CARMEN ROMELIA MORENO RANGEL, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades personales Nº V-15.400.704 y V-12.199.970, respectivamente CONVIENEN: De mutuo acuerdo, establecer una régimen de visitas de la siguiente manera: UN FIN DE SEMANA CADA QUINCE (15) DIAS EL PADRE BUSCARA LA NIÑA EL DIA SABADO EN HORAS DE LA MAÑANA (09.00am) Y LA REINTEGRARA AL HOGAR EL DIA DOMINGO EN HORAS DE LA TARDE (06:00pm) , DIAS FERIADOS(VACACIONES, NAVIDAD, SEMANA SANTA Y CARNAVALES, ETC) COMPARTIDAS Y ALTERNOS . Por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley de conformidad con el articulo 341 del código de procedimiento civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE. En Consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior de la niña KARLA YORGELIS DELGADO MORENO de tres (03) años de edad. ORDENA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, para lo cual expídanse las copias certificadas de Ley de la presente Sentencia Interlocutoria. Diarícese y Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL Nº. 02
Abog. Yolanda F. Guerrero.
LA SECRETARIA
Abog. Mirta Briceño
En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste:
La Secretaria,
Abog. Mirta Briceño.
Exp. N° S-6062-05
YFGG/sm.-
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