Visto el escrito presentado en fecha 30-09-05 y recibidos por este Tribunal en fecha 03710705, suscrito por el abogado en ejercicio Luis Rodolfo Campos, en su condición de defensor del adolescente EVERTH GABRIEL VARELA VASQUEZ, venezolano, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.278.908, nacido en fecha 22/09/89, residenciado en la Urbanización Cinqueña III, vereda 3, casa N° 14, de esta ciudad de Barinas, en los que solicita le sean acordadas medidas cautelares sustitutivas a la Prisión Preventiva impuestas adolescente antes identificado, a tales efectos ofrece como fiadores a los ciudadanos GREGORIA AMPARO VERGARA VASQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 9.264.630, FEDERICO VASQUEZ VERGARA, titular de la cédula de identidad N° 9.992.870, y YASMIN VASQUEZ VERGARA, titular de la cédula de identidad N° 13.062.282, acompaña a sus escritos Balance personal con copia de sus respectivos soportes, constancia de residencia, de buena conducta, de los fiadores ofrecidos.