GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 18 de Abril del 2.006
195º y 147º
Vista la anterior solicitud presentada junto con sus recaudos anexos por los ciudadanos RUTH ALEJANDRA NATERA ORTIZ y FREDDY ENRIQUE PADRON ACOSTA,Venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-17.397.317 y V-12.525.219, respectivamente, y ambos de este domicilio y asistidos por el Abogado en ejercicio IVAN JOSE CHACON HIDALGO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 62.023 y de este domicilio. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho la misma. Previa lectura acordada por Secretaría y hallada conforme por los manifestantes, éste Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SEPARADOS LEGALMENTE DE CUERPOS Y DE BIENES a los cónyuges anteriormente nombrados, bajo las condiciones estipuladas en el escrito de solicitud.
La Juez Titular,


ABOG. RORAIMA BERMUDEZ G.



Los Cónyuges Manifestantes,





El Abogado Asistente,





La Secretaria Titular,


Abog. Elea de Valenzuela

Exp. Nº 18.792
begoña