REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES
BARINAS, 10 DE ABRIL DE 2006.-
195º y 147º
Vista la diligencia suscrita por los Abogados JAIRO JOSE ARANGUREN PIÑUELA y MARBELLA JOSEFINA NAVAS CORONIL, titulares de la cédula de identidad Nos. V-6.937.984 y V-7.210.653, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 46.850 y 93.143, con el carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandada, en el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesto por el ciudadano ERNESTO MANGANO LANZA en contra del ciudadano LUIS RAFAEL RIVERO COLMENARES, mediante la cual anuncian RECURSO DE CASACION, este Tribunal Superior, para decidir se remite al Artículo 36, de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, el cual reza: “La Decisión de Segunda Instancia en los procesos de desalojo fundamentados en las Causales previstas en los literales del Artículo 34 de esta Ley, no tendrá recurso alguno”.
En merito de lo expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley NIEGA el RECURSO DE CASACION, anunciado en el en el juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO interpuesto por el ciudadano ERNESTO MANGANO LANZA en contra del ciudadano LUIS RAFAEL RIVERO COLMENARES.-
EL JUEZ TITULAR,
fdo
FREDDY DUQUE RAMIREZ.
LA SECRETARIA,
fdo
BEATRIZ TORRES MONTIEL.-
FDR/Elena.-
Exp. N° 5994-2006.-
|