EPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 18 DE ABRIL DE 2006.-
195° y 147º
En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 26 de Octubre de 2005, por el Abogado GERARDO RAFAEL PACHECO BRICEÑO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 96.476,en su carácter de coapoderado judicial del ciudadano JOSE BENITO FLORES VIELMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.720.705, interpuso COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA.
En fecha (06) de Abril de Dos Mil Seis (2006), los ciudadanos SINDICO PROCURADOR MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA parte demandada, por una parte y por la otra el ciudadano JOSE BENITO FLORES VIELMA, titular de la Cédula de Identidad N° 3.765.906, parte accionante, presentan ACTA DE TRANSACCION, y solicitan a este Tribunal Superior, la homologación de la Transacción celebrada entre ambas partes.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la Transacción, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCION, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante la transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la Transacción en el juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION, en el juicio de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpuesto por el ciudadano JOSE BENITO FLORES VIELMA, antes identificado, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MERIDA.
EL JUEZ TITULAR,
fdo
FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
fdo
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 5839-2005
Ems.
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