REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 04 DE ABRIL DE 2006.-
196º y 147°


En escrito presentado ante el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y recibido en este Juzgado Superior en fecha (03) de Abril de Dos Mil Seis (2006), interpuesto por el ciudadano OLIVO VELASCO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.147.497, domiciliado en Santa Ana, Municipio Córdoba del Estado Táchira, asistido por el Abogado JONAS ALI PEÑALOZA GUILLEN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 24.725, ha interpuesto ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, en contra de las actuaciones materiales de la Ing. LOUISANA VARELA LEON, Directora de Ingenieria Municipal de la Alcaldía del Municipio Córdoba del Estado Táchira, contenida en el Oficio N° 02-2006 de fecha 07 de Febrero de 2006, dirigido al Jefe de la Comisaría Policial Córdoba.
En consecuencia, este Tribunal Superior, DECLARA INADMISIBLE la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, por cuanto es doctrina reiterada y pacífica del Tribunal Supremo de de Justicia que mientras existan vías ordinarias para tutelar el derecho no procede la acción extraordinaria de amparo y tal como se desprende de autos, se encuentran abiertas todas las vías ordinarias administrativas para tramitar el presente caso. Además, en la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, no se puede desnaturalizar su carácter extraordinario lo cual significa que es una vía procesal que solo puede ser accionada cuando no exista un medio breve, sumario y eficaz para restablecer la situación jurídica infringida; o existan otras vías, como lo es en este caso del Recurso de Nulidad con Amparo Constitucional.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, DECLARA INADMISIBLE la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesta por el ciudadano OLIVO VELASCO, identificado en autos, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO CORDOBA DEL ESTADO TACHIRA.-

EL JUEZ TITULAR,
fdo
FREDDY DUQUE RAMIREZ
LA SECRETARIA,
fdo
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. N° 6123-2006
FDR/Ems.