En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia actuando en función de Control Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, C O N D E N A: al acusado KLEIVER LUIS VARGAS, Venezolano, de 18 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° 18.668.085, hijo de Isli Vargas y de Rolando Zambrano, nacido el 16-04-86, Residenciado en el Barrio José Gregorio Hernández, Callejón Bolívar y Callejón Machique , Casa S/lN por el delitos de FACILITADOR EN ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION , previsto y sancionado en el Artículo 460 en relación con el 84 numeral 3° y 82 del Código Penal venezolano, en perjuicio de MANUEL ALFONSO BARON ARELLANO , a cumplir la pena de UN (01) AÑO NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO Se ordena la remisión al tribunal de Ejecución competente. Se mantiene la Medida cautelar decretada por este Tribunal
Esta sentencia ha sido leída y publicada el día cuatro de Abril del año 2006, dando así por cumplido lo ordenado en los artículos 175 y 365 del Código Orgánico Procesal Penal Remítase la causa al Juez de Ejecución en su oportunidad legal.