REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL N°2
Barinas, 26 de Abril de 2.006.-
195º y 146º
Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE VISITAS que antecede y recaudos acompañados provenientes de la Fundación del Niño del Municipio Barinas – Defensoría del Niño y del Adolescente (Cuidando Futuro) en el cual los ciudadanos: EDUARDS CASTRO y DARLZ TERAN, venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidades personales Nº V.-10.563.092 y V.-14.067.602, en beneficio del niño EDUARDS JOSE CASTRO TERAN, de ocho (08) años de edad; ACUERDAN: “UN REGIMEN DE VISITAS ABIERTO COMPRENDIDO TODA LA SEMANA, SIEMPRE Y CUANDO NO PERTURBE LAS HORAS DE DESCANSO Y ESTUDIO DEL NIÑO DE AUTOS”. Por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley de conformidad con el articulo 341 del código de procedimiento civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE. En Consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO por redundar en beneficio del interés superior en beneficio del niño EDUARDS JOSE CASTRO TERAN, de ocho (08) años de edad; SE ORDENA EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES Expídanse las copias certificadas de ley a las partes y a la defensoría del Niño y el Adolescente de la presente Sentencia interlocutoria. Diarícese y Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N 2
Abog. Yolanda F. Guerrero G.
LA SECRETARIA
Abog. Mirta Briceño
En la misma fecha se expidieron las copias certificadas de ley. Conste:
LA SECRETARIA
Abog. Mirta Briceño
Exp. N°: S-6702-06
YFGG/yelitza.-
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