Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 28 de Abril de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2006-000748
ASUNTO : EP01-R-2006-000051
Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por la ABG. MARIA CAROLINA MERCHAN FRANCO, en su condición de Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público, en el asunto signado con el N° EP01-P-2006-000748, contra el Auto dictado por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 29/03/2006, donde se le acordó Libertad Plena a los Imputados LUIS ALBERTO GUILLEN SÁNCHEZ, BORIS NEIL GUEVARA RUÍZ, VICENTE ENRIQUE OLIVERO PEREZ Y PABLO DE LA CRUZ COLMENARES.
Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la recurrente fundamenta su recurso de conformidad con el artículo 447 Ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la ABG. MARIA CAROLINA MERCHAN FRANCO, en su condición de Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE AUTO, interpuesto por la ABG. MARÍA CAROLINA MERCHAN, en su condición de Fiscal Auxiliar Décima del Ministerio Público, contra el Auto dictado por el Tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha 29/03/2006, donde se le acordó Libertad Plena a los Imputados LUIS ALBERTO GUILLEN SÁNCHEZ, BORIS NEIL GUEVARA RUÍZ, VICENTE ENRIQUE OLIVERO PEREZ Y PABLO DE LA CRUZ COLMENARES.
De conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó dictar dentro de los DIEZ (10) DÍAS SIGUIENTES, la correspondiente decisión.
Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.
DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI
PRESIDENTE DE LA CORTE DE APELACIONES
ALEXIS PARADA PRIETO MARIA VIOLETA TORO
JUEZ DE APELACIONES. JUEZA SUPLENTE ESPECIAL
(PONENTE)
CAROLINA PAREDES
SECRETARIA
ASUNTO N° EP01-R-2006-000051.
TMI/APP/MVT/CP/
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