REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 09 de AGOSTO del 2006
196 ° y 147°
ACTA
ASUNTO: EP11-L-2006- 000266
PARTE ACTORA: KATIUSKA ALEXANDRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.766.041.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: abogado AURA ATILIA TABLANTE MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V.- 15.463.605, inscrita en el Inpreabogado bajo el No 101.882 en su carácter de PROCURADORA ESPECIAL DE TRABAJADORES.
PARTE DEMANDADA: ciudadano: JIOMAR ALONSO DURANTT, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº. V- 5.358.597; en su de carácter de PATRONO.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: No constituyo.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 09 de Agosto de 2006, siendo las 09:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Celebración de Audiencia Preliminar, conforme a lo establecido en el artículo 128 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si misma, ni por medio de Apoderado Judicial; así como tampoco la parte demandada, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196 ° y 147º.
DIOS Y FEDERACION
La Juez
Abg. Ruthbelia Paredes La Secretaria
Abg. Yoleinis Vera
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