REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO NUEVO RÉGIMEN Y PROCESAL TRANSITORIO
BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 03 de Agosto del Año 2006
196° y 147 °
ACTA
PARTE ACTORA: ALÍ EUCLIDES BAUTISTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 8.183.334
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Abogado: CESAR OSWALDO DASILVA MAITA, I.P.S.A Nº 37.093
PARTE DEMANDADA: PRIDE INTERNACIONAL C: A, inscrita bajo el Nº 67, Tomo2-A. del Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: INGRID GARCIA, MARA COROMOTO RIVAS ZERPA y MIRIAN B. HERRERA, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nº V8.007.560, V-8.003.752 y V-4.116.906 en su orden e inscritas en el I.P.S.A con los Nros: 23.747, 20.780 y 18.775 respectivamente representación que consta en documento Poder que fue otorgado por ante la Notaria Publica Segunda de la Ciudad de Barinas, Estado Barinas en fecha: 18 de Julio del año 2003, anotado bajo el Nº 71, Tomo:55 de los libros respectivos, el cual riela al folio cincuenta y uno (51) y cincuenta y dos (52) ambos inclusive.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, Tres (03) de Agosto del Año 2006, siendo las 10:00 de la mañana del día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen, por una parte, la Abogado: MIRIAN B. HERRERA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-4.116.906, inscrita en el I.P.S.A con el Nº 18.775 en su condición de Co-Apoderada de la parte Demandada: Empresa PRIDE INTERNACIONAL C: A, según representación que consta en documento Poder otorgado por ante la Notaria Publica Segunda de la Ciudad de Barinas, Estado Barinas en fecha: 18 de Julio del año 2003, anotado bajo el Nº 71, Tomo:55 de los libros respectivos, el cual riela al folio cincuenta y uno (51) y cincuenta y dos (52) ambos inclusive. Se deja expresa constancia que la parte Demandante; Ciudadano: PARTE ACTORA: ALÍ EUCLIDES BAUTISTA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 8.183.334, no compareció a la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de su Apoderado, por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciaciòn, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Barinas en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo CONSIDERA DEISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Regístrese y Publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.- en Barinas a los tres (03) días del Mes de Agosto del año 2006. Año 196º y 147º. Terminó, se leyó y conformes firman;
La Juez;
Abog. Carmen G. Martìnez
Co-Apoderada de la Empresa Demandada:
Abg. Miriam Herrera.
La Secretaria;
Abg. Maria Mosqueda.