Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente Causa seguida al adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, quien fue sancionado a cumplir la medida de IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de NUEVE (09) MESES, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, Contemplado en el articulo 417 del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio EFRAÍN ANTONIO LOZANA VALERO. Realizada la revisión del computo cursante a los folios Setenta y Ocho (78) y Setenta y Nueve (79), de la presente Causa, se constata que la medida de Imposición de Reglas de Conducta fue cumplida el 09 DE AGOSTO DE 2006; en consecuencia, se ejecuta el fallo y se