REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, doce de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
Sentencia Interlocutoria
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2006-000442
PARTE ACTORA: YOSBENI YACELYS SANCHEZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 16.636.875
ABOGADO AISTENTE DE LA PARTE ACTORA: AURA ATILIA TABLANTE MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.463.605 e inscrita en el inpreabogado bajo el número 101.882 quien es Procuradora Especial de los Trabajadores
PARTE DEMANDADA: MARIA DE ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 9.381.860.
APODERADO DE LA DEMANDADA: CESAR AUGUSTO RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 3.916.197 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 83.723

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

El día hábil de hoy, 12 de diciembre de 2006, a las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el Abogado CESAR AUGUSTO RAMIREZ quien es apoderado de la parte demandada, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147 °.
EL JUEZ,


ABG. JOSE E MORALES

APODERADO DE LA DEMANDADA



CESAR AUGUSTO RAMIREZ

LA SECRETARIA



ABG. TAHIS CAMEJO