REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO NUEVO RÉGIMEN Y PROCESAL TRANSITORIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN, Y EJECUCIÓN TANTO DEL NUEVO REGIMEN COMO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 19 de Diciembre de 2006
196 ° y 147 °
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2006-000405
PARTE ACTORA: GREGORIA MARIA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.008.334,
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE ACTORA: BENJASMIN DIAZ DIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-10.722, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 104.449.
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCCIONES SERVICONSA 2000 C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha: 20 de Mayo del año 1999 anotado bajo el Nº 26, tomo: 9-A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: Abg. ASDRUBAL PIÑA SOLES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.262.497, e inscrito en el I.P.S.A con el Nº 39.296.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy; 19 de Diciembre dos mil seis (2006), siendo las Once (11:00) de la mañana, siendo la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparece ante este Tribunal el Abogado: ASDRUBAL PIÑA SOLES, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V-9.262.497, e inscrito en el I.P.S.A con el Nº 39.296 , quien actúa en este acto con el carácter de Apoderado de la demandada, representación que consta en Poder Apud-Acta que riela inserto al folio Treinta y ocho(38); se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de su Apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 147 ° y 196 °.
La Juez;
Abg. Carmen G. Martìnez
El Compareciente:
Apoderado de la parte Demandada:
Abg. Asdrúbal Piña Soles.
La Secretaria,
Abg. Jenmary Herrera Garcìa.