REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 18 DE DICIEMBRE DE 2006.-
196° y 147°

Visto el escrito presentado por el Abogado ADOLFO E. CEPEDA S., titular de la cédula de identidad N° V-5.816.138, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.251, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, en el que anuncia RECURSO DE CASACION contra la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha 01 de Noviembre de 2006, en el juicio por EJECUCION DE HIPOTECA interpuesto por el ciudadano BASSEL ABDULLATIF WAIZAANI, venezolano, titulares de las cédula de identidad N° V-13.735.515, Comerciante, en contra de los ciudadanos BATLA BAYESSE AMER DE AL MATNI, CAMILO AL MATNI AMER, EMILIA AL MATNI AMER, CAMILIA AL MATNI AMER, WAIL AL MATNI AMER y DAFER AL MATNI AMER, venezolanos, titulares de la cédulas de identidad Nos. V-13.061.678, V-9.260.419, V-9.260.438, V- 9.260.567, V-11.713.752 y V-11.713.719, respectivamente, este Tribunal Superior, para decidir observa:
El Abogado ADOLFO E. CEPEDA S., titular de la cédula de identidad N° V-5.816.138, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 29.251, con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante, en fecha 09 de Noviembre de 2006, anuncia RECURSO DE CASACIÓN, en contra de la Decisión dictada por este Tribunal Superior, el día 01 de Noviembre de 2006, haciéndolo oportunamente según se infiere del cómputo de días de despacho certificados por la secretaria del Tribunal.

No obstante habiendo sido anunciado en tiempo oportuno el mismo no es procedente, por cuanto no se encuentra dentro de las causales del Artículo 312 del Código de Procedimiento Civil de Venezuela.
En merito de lo expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y





Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley NIEGA el RECURSO DE CASACION anunciado en el juicio por EJECUCION DE HIPOTECA interpuesto por el ciudadano BASSEL ABDULLATIF WAIZAANI, venezolano, titulares de las cédula de identidad N° V-13.735.515, Comerciante, en contra de los ciudadanos BATLA BAYESSE AMER DE AL MATNI, CAMILO AL MATNI AMER, EMILIA AL MATNI AMER, CAMILIA AL MATNI AMER, WAIL AL MATNI AMER y DAFER AL MATNI AMER.-
……..EL JUEZ TITULAR,……..……………………………………………………………….……………..
…………………..FDO,………………..…………..……………………….……….…………………………….
……..FREDDY DUQUE RAMIREZ…………………….………………….…………….….…………….
…………LA SECRETARIA,………………………………………….……………………..……..………….
……………..…FDO,……………………………………………………………….……………………………..
…………………………………………….BEATRIZ TORRES MONTIEL…………..………………...