REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 07 DE DICIEMBRE DE 2006.-
196º y 147°


En escrito presentado ante este Tribunal Superior, el día Lunes Diez (10) Octubre de Dos Mil Cinco (2005), por el ciudadano CELESTINO RIVERA HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.591.728, con el carácter de representante legal de la Empresa LICORERIA LA GUZMANERA C. A., debidamente asistido por el Abogado JOFFRE ROLANDO GAMBOA RAMOS, titular de la cédula de identidad N° V- 17.203.124, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el N° 115.063, ha interpuesto RECURSO DE NULIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD conjuntamente con AMPARO CON MEDIDA CAUTELAR en contra del Acto Administrativo dictado en forma de Resolución N° GRLA/DJTRA/SB/ARJ/2005-002780, notificada en forma impersonal en fecha 30 de Septiembre de 2005, emitida por la ciudadana BERLIS OSIRIS RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.215.400, con el carácter de GERENTE DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGION DE LOS ANDES DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACION ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
En fecha Ocho (8) de Marzo de 2006, se dictó auto mediante el cual se ordenó la SUSPENSION DE LAS PRESENTE CAUSA, solicitado por Abogados ANA MARIA CAMACHO ARAUJO y JUAN CARLOS SERRA MORA, titulares de las cédula de identidad Nos. V-6.960.784 y V-6.292.902, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 41.435 y 45.034, con el carácter de representantes de la parte recurrida.
En consecuencia, este Tribunal Superior, acuerda el DECAIMIENTO SOBREVENIDO; por cuanto la parte recurrente falleció, y este hecho constituye un hecho público notorio y comunicacional al tratarse de una persona conocida en la localidad y haber sido difundida su muerte ampliamente por los Medios de Comunicación Social.









Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA el “DECAIMIENTO DE LA ACCION”. Así se decide.-

EL JUEZ TITULAR,

FREDDY DUQUE RAMIREZ.

LA SECRETARIA,

BEATRIZ TORRES MONTIEL.