REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control N° 4
Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 18 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL Nº EPO1-P-2006-005317
JUEZ DE CONTROL Nº 4: ABG. NERYS CARBALLO JIMENEZ.
SECRETARIA: ABG. YANNIRA DAVILA.
IMPUTADO: GEMIS RODRIGUEZ VALDES, venezolano, nacido el 10-08-1960, de 46 años de edad, soltero, natural de Valencia Estado Carabobo, no tiene ningún grado de instrucción, mecánico, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.838.799, soltero, hijo de Antonio Rodríguez (f) y de Carmen Valdez (f) y residenciado en Avenida Las Lagrimas, Casa N° 11 Barrio El Trapiche, Acarigua Estado Portuguesa.
MOTIVO: OREDEN DE APREHENSIÓN
DEFENSOR PUBLICO: ABG. BETULIA RIVERO
FISCALIA TRANSICIÓN: ABG. DAVID CAMACHO
AUTO DONDE SE ACUERDA LIBERTAD INMEDIATA
Recibidas las actuaciones con oficio N° 9700-068-16928 de fecha 12-12-2006, del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Delegación Barinas, Unidad de Aprehensión, donde es puesto a la orden de este Tribunal, en virtud de encontrarse requerido por Orden de Aprehensión según Oficio N° 38797, de fecha 16/06/1986; este Tribunal para decidir sobre la detención del Ciudadano GEMIS RODRIGUEZ VALDES, venezolano, nacido el 10-08-1960, de 46 años de edad, soltero, natural de Valencia Estado Carabobo, no tiene ningún grado de instrucción, mecánico, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.838.799, soltero, hijo de Antonio Rodríguez (f) y de Carmen Valdez (f) y residenciado en Avenida Las Lagrimas, Casa N° 11 Barrio El Trapiche, Acarigua Estado Portuguesa, hace las siguientes consideraciones:
UNICO
En fecha 16 de Junio de 1986, el hoy extinto Tribunal Primero de Primera Instancia Penal de esta Circunscripción, Oficio N° 38797, libró Orden de Aprehensión contra el ciudadano GEMIS RODRIGUEZ VALDES.
Realizada como fue la Audiencia de oír al Aprehendido, el ciudadano Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público, Abg. David Camacho solicito y expuso: “Revisadas los autos que constan en la causa y siendo que de las mismas no emanan suficientes elementos que hagan solicitar a este Ministerio Público una cautelar es por lo que le solicito al tribunal ordene la libertad plena del presunto imputado de autos, se le identifique plenamente y se le describa su dirección y ubicación y se oficie lo conducente al C.I.C.P.C para que lo excluyan de pantalla como solicitado, igualmente solicito copia simple del acta, es todo.”
Seguidamente se le concedió el derecho de palabra a la Defensora Público Penal, Abogado, Abg. Betulia Rivero, quien expuso: “ Me adhiero a la solicitud de la Fiscalia, en cuanto a la libertad plena del imputado, igualmente solicitó copia simple de la audiencia celebrada en el día de hoy para la defensa y mi representado, es todo”..
Seguidamente la Juez hizo conducir al estrado al imputado GEMIS RODRIGUEZ VALDES, quien se identificó con Cédula de Identidad laminada, como GEMIS RODRIGUEZ VALDES, venezolano, nacido el 10-08-1960, de 46 años de edad, soltero, natural de Valencia Estado Carabobo, no tiene ningún grado de instrucción, mecánico, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.838.799, soltero, hijo de Antonio Rodríguez (f) y de Carmen Valdez (f) y residenciado en Acarigua Estado Portuguesa, Avenida Las Lagrimas, Casa N° 11 Barrio El Trapiche y libre de todo apremio sin juramento alguno expuso lo siguiente: "Me acojo al Precepto Constitucional”.
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal deja sin efecto la Orden de Aprehensión librada en fecha 16/06/1986, al CICPC-Delegación Barinas, la cual ya fue ejecutada, Se ordena librar Copia de la presente decisión al CICPC- Barinas a los fines de excluirlo del Sistema Integrado de Información Policial.
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Control N° 4, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA LIBERTAD INMEDIATA, al ciudadano GEMIS RODRIGUEZ VALDES, venezolano, nacido el 10-08-1960, de 46 años de edad, soltero, natural de Valencia Estado Carabobo, no tiene ningún grado de instrucción, mecánico, Titular de la Cédula de Identidad N° V-8.838.799, soltero, hijo de Antonio Rodríguez (f) y de Carmen Valdez (f) y residenciado en Avenida Las Lagrimas, Casa N° 11 Barrio El Trapiche, Acarigua Estado Portuguesa; todo de conformidad con lo previsto en el artículo 44 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Librese Boleta de Libertad a la Comandancia General de Policía. Envíese con Oficio Copia de la presente decisión al CICPC- Barinas a los fines de excluirlo del Sistema Integrado de Información Policial. Notifíquese a las partes. Se ordena dar por terminado y remitir al Archivo Sede.
Dada, firmada y sellada en la Sede del Tribunal de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en Barinas, a los Dieciocho (18) días del mes de Diciembre de Dos Mil Seis. Años 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
LA JUEZ DE CONTROL N° 04,
ABG. NERYS CARBALLO JIMENEZ. LA SECRETARIA,
ABG. YANNIRA DAVILA.