REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-

Barinas, 12 de enero del 2006.
195º y 146º

Sent. Nro. 06-01-08.


Vista la transacción celebrada en fecha 29 de noviembre del 2005, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, cursante a los folios del 22 al 24 del cuaderno separado de medidas, por el demandado ciudadano Jorge Ochoa Castellanos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.119.738, asistido por el abogado en ejercicio Luis Laurence Moreno, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.817, por una parte y por la otra, el apoderado actor abogado en ejercicio Edgar N. Becerra Torres, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 82.188, en el presente juicio de cobro de bolívares por intimación intentado por el ciudadano Álvaro Ochoa Castellanos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 23.487.315, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil Representaciones Jeans Walner Sporting, CA, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el N° 64, Tomo 25-A Pro, de fecha 08-02-1995, modificado ante el mismo Registrador, según asiento de Registro de Comercio N° 12, Tomo 56-A Pro, de fecha 20-05-2003 contra el ciudadano Jorge Ochoa Castellanos, ya identificado; y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil y estando el apoderado actor facultado para transigir a tenor del artículo 154 ejusdem, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación a la transacción celebrada por las partes y le da valor de cosa juzgada.

La Juez,


Abg. Reina Chejín Pujol.

La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla

Exp. Nº 05-7198-M.
rc.