REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 11 de Enero de 2.006.-
195º y 146º
Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE VISITAS que antecede y recaudos acompañados provenientes de la Fiscalía Séptima de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas en el cual los ciudadanos: BOADAS VELASQUEZ JHAM ROY y BLANDON RESTREPO YUDITH CAROLINA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-14.840.667 y V-16.371.554, respectivamente CONVIENEN: De mutuo acuerdo, establecer en beneficio del NIÑO JHAMROY ALEXANDER BOADAS BLANDON, de cuatro (04) años de edad, y el padre no guardador un RÉGIMEN DE VISITAS : “ EEL PADRE SE LLEVARA EL DIA 15/12/2.005 DEL HOGAR MATERNO Y LO REINTEGRARA AL HOGAR MATERNO EL DIA 29/12/2.005, EL NIÑO PASARA TODO EL PERIODO DE VFACACIONES ESCOLARES CON EL PADRE”. Por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley de conformidad con el articulo 341 del código de procedimiento civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE. En Consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior del niño JHAMROY ALEXANDER BOADAS BLANDON, de cuatro (04) años de edad. SE ORDENA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, para lo cual expídanse las copias certificadas de Ley de la presente Sentencia Interlocutoria. Diarícese y Cúmplase.
La Juez Unipersonal Nº 02
Abg. Yolanda F. Guerrero.
La Secretaria Temporal,
Abg. Blanca Cecilia Duarte.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste:
La Secretaria Temporal,
Abog. Blanca Cecilia Duarte.
Exp Nº S-6411-06
YFGG/rc.-
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