TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 09 de Enero del 2.006
195 º y 146 º


Visto el escrito de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA y recaudos que lo acompañan, suscrito por el ciudadano JAVIER YLDEFONSO MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad personales N° V-12.200.698, padres del niño JAVIER EDUARDO MARQUEZ VILLAFAÑE, de 04 años de edad, debidamente asistido por la Fiscal del Ministerio Público abogado ANGELA RODRIGUEZ, quien hizo un Ofrecimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, por la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 150.000,00), y como Bono escolar la compra de Uniforme escolar y en el es mes de Diciembre la compra de vestuario y calzado, ofrecimiento que la madre del niño ciudadana ANA GERTRUDIS VILLAFAÑE JIMENEZ, C.I N° V-8.149.227, NO ACEPTO, por no ser contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la Ley conforme al artículo 340 del C.P.C. SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, no obstante por cuanto de la revisión se evidencia que carece este Tribunal de competencia material para su trámite a la luz del artículo 160 literal “e” y 177 Ibidem, DECLINA LA COMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA AL CONSEJO DE PROTECCIÓN DEL MUNICIPIO BARINAS, para que exhorte a la conciliación de ley sobre el presente ofrecimiento. Déjese transcurrir el lapso previsto en el artículo 69 del C.P.C para las actuaciones subsiguientes Diarícese y Cúmplase.- Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria Temporal Abg. Abg. Blanca Duarte. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Abg. Blanca Duarte. Quien suscribe Abg. Blanca Duarte, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente C-6242-05, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.


La Secretaria.
Abg. Blanca Duarte
Exp. Nº C-6242-05
YFGG/jg.-