Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 23 de Enero de 2006
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000722
ASUNTO : EP01-R-2005-000196


PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI.



Acusados: Oswaldo Javier Salcedo Leal y Víctor Manuel Sayago.

Víctima: Orlando Antonio Sánchez.

Defensa Privada: Abg. César Alberto Quiroz Sepúlveda.

Delito: Extorsión.

Representación Fiscal Abg. Arlo Arturo Urquiola, Fiscal 4° del Ministerio Público.

Motivo: Apelación de Sentencia

Asunto: EP01-R-2005-000196



Corresponde a esta Alzada conocer del Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado César Alberto Quiroz Sepúlveda, en su condición de Defensor Privado del acusado Oswaldo Javier Salcedo Leal y Víctor Manuel Sayago, contra la sentencia dictada en fecha 01 de Noviembre de 2005 y publicada en fecha 15 de Noviembre de 2005, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó a los referidos acusados a cumplir la pena de 03 años de prisión, por la comisión del delito Extorsión, cometido en perjuicio del ciudadano Orlando Antonio Sánchez. Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su Admisibilidad, observa:


PRIMERO: El Recurso de Apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Defensa. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, según se desprende de la Certificación de días de audiencias hecha por el secretario del Tribunal A quo Abogado Miguel Ángel Vidal, inserto al folio 06 del presente recurso de apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según lo dispone el artículo 452 ordinales 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 437 ejusdem, el Recurso de Apelación interpuesto por el Defensor Privado Abogado César Alberto Quiroz Sepúlveda, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.


D I S P O S I T I V A


Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado César Alberto Quiroz Sepúlveda, en su condición de Defensor Privado de los acusados Oswaldo Javier Salcedo Leal y Víctor Manuel Sayago, contra de la sentencia dictada en fecha 01 de Noviembre de 2005 y publicada en fecha 15 de Noviembre de 2005, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal; en consecuencia, de conformidad con el artículo 455 procedimental, se fija la DECIMA (10) AUDIENCIA, siguiente a la fecha del presente auto de Admisión, a las 10:00 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente. Notifíquese a las partes.

El Juez de Apelación Presidente. Ponente

Dr. Trino R. Mendoza I.

El Juez de Apelaciones, La Jueza Suplente Especial,

Alexis Parada Prieto María Violeta Toro

La Secretaria,

Carolina Paredes

Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste. La Sctria.,

Carolina Paredes



Asunto: EP01-R-2005-000196
TRMI/APP/MVT/CP/ydcg.-