REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 14 de febrero del 2006.
Años 195º y 146º

Nro. 06-02-21.


Vista la diligencia suscrita en fecha 09 de enero del año en curso, por la ciudadana Florentina del Carmen Camacho Valero, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.988.405, asistida por el abogado en ejercicio Omar arévalo, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.076, mediante la cual desiste del procedimiento de la declaración de únicos y universales herederos, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena la devolución de las copias certificadas cursantes a los folios del dos (2) al dieciséis (16), ambos inclusive de la solicitud, previa su certificación en autos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Para la elaboración de las respectivas copias se autoriza amplia y suficientemente al Alguacil de este Tribunal, ciudadano Juan Carlos Toledo Marquina, titular de la cédula de identidad Nº 13.947.103.

La Juez,

Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.


Sol. Nro. 06-1802.
er.