TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 14 de Febrero de 2006.
195 º y 146 º



Vista la consignación del Cartel de citación y habiendo trascurrido el lapso para la comparecencia del demandado, luego de lo cual se anuncio el ACTO CONCILIATORIO de ley, según acta de fecha 31/01/2006, inserta al folio 59, en la presente causa de GUARDA, suscrito por el ciudadano SANTOS NOVARA ZUMMO, C.I N° V-9.267.098, contra la ciudadana CARMEN JUSTINA CAVANERIO HERNANDEZ, C.I N° V-12.904.819, padres de las niñas y adolescentes SANTOS, LEIDY SABRINA y SANDRA DEL CARMEN, por cuanto se incurrió en error involuntario en el procedimiento siendo lo correcto una vez trascurrido el lapso para la comparecencia del demandado procede al nombramiento de defensor ad Litem a la demandada de autos, de conformidad con las previsiones de los artículos 206 y 310 del Código de Procedimiento Civil, se REVOCA POR CONTRARIO IMPERIO, el acta de fecha 31/01/2006 cursante al folio 59 y las actuaciones subsiguientes, en consecuencia nómbresele Defensor Ad Litem a la demandada de autos de la terna de abogados llevada por este Tribunal recayendo dicho encargo en la abogado YENNY NATHALY ALVAREZ, C.I N° V-11.191.905, para lo cual librese boleta de notificación. Diarícese y Cúmplase. . Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Yolanda F. Guerrero y la Secretaria Mirta Briceño. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Mirta Briceño. Quien suscribe Abg. Mirta Briceño, en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios _______del Expediente C-5817-05, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.


La Secretaria.
Abg. Mirta Briceño.

Exp. Nº C-5817-05
YFGG/jg.-